El Pleno del Congreso debatirá este martes 24 de septiembre la iniciativa de Podemos para reformar el Código Penal y que la reparación del daño no sea atenuante en casos de delitos sexuales como el del futbolista Dani Alves, que ingresó 150.000 euros a la víctima antes de julio.
La proposición de ley de los morados es para el impulso de la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como del ‘solo sí es sí’, y la plena protección de las víctimas de violencias sexuales.
En concreto, según señala la formación en la exposición de motivos, modifica el artículo 21.5 del Código Penal, ya que, a su juicio, “no se puede entender reparado ni disminuido el daño en casos de violencias machistas, como la violencia de género, la vicaria o la violencia sexual con el ofrecimiento o pago de una indemnización económica”.
Así, indica que con esta modificación normativa se da cumplimiento a la Medida 107 del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, que insta a “suprimir la atenuante de reparación del daño en los casos de violencia de género”.
El artículo en cuestión quedaría redactado de la siguiente manera: “La de haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral. No obstante, en los delitos de violencia de género y contra la libertad sexual, la reparación deberá comprender todos los conceptos contenidos en las leyes integrales”.
Además, la norma recoge otro cambio en la Ley del Poder Judicial para atribuir la especialización y competencias en materia de violencias sexuales a los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer, tal y como prevé la Ley del ‘sólo sí es sí’.
ESPECIALIZACIÓN DE LOS OPERADORES DE JUSTICIA
A juicio de Podemos, resulta “necesario” garantizar la especialización de los operadores de justicia. La Ley del ‘solo sí es sí’ emplazaba al Gobierno, en el plazo de un año desde su entrada en vigor, a remitir un proyecto de modificación normativa para la especialización de la Fiscalía y los jueces que sirvan o pretendan servir en juzgados de violencia sobre la mujer.
Así, señala que a través de esta proposición de ley se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y, en consecuencia, la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, y de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, con el fin de atribuir especialización y competencias en materia de violencias sexuales, a los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer.
También se atribuiría esta especialización a los Juzgados de lo penal y Secciones de las Audiencias Provinciales con competencias en violencia de género, para la instrucción y el enjuiciamiento respectivamente; y a las fiscalías de violencia sobre la mujer, lo que comprende la atribución competencial de la Fiscalía de Sala de Violencia sobre la Mujer, con el consiguiente refuerzo de su estructura.
Asimismo, la proposición de ley incluye la asistencia letrada accesible y especializada, que añade que resulta “fundamental” para la protección de los derechos de las víctimas, así como la “adecuada” defensa de sus intereses en escenarios como el de la revisión de condenas.
“Es urgente acometer esta reforma, para que las víctimas vean plenamente reconocido su derecho a la asistencia jurídica gratuita en pie de igualdad con otras víctimas especialmente protegidas, como las de violencias de género, trata, o terrorismo”, subraya Podemos.