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Nueva tabla de enfermedades de trabajo

El senado aprobó por unanimidad actualizar la tabla de enfermedades de trabajo, herramienta que no se había modificado en 52 años.

La semana pasada se aprobó el decreto que contempla la nueva tabla de enfermedades de trabajo y la tabla de valuación de incapacidades. Esta tabla define qué enfermedades están reconocidas como consecuencia del trabajo y, por lo tanto, cuáles son objeto de compensación y tratamiento. En ella se han incorporado 88 nuevas enfermedades. Por primera vez en la historia, se han incluido enfermedades psicosociales como el estrés laboral. Lo cual ya es un tema común en legislaciones de otros países. Además, se amplió el espectro de cánceres de origen laboral, y las enfermedades por intoxicaciones.

Solamente falta su publicación en el diario oficial de la Federación, lo cual no debe de tardar, así como los lineamientos y formatos respectivos. Esa tabla tenía medio siglo sin cambios, por lo que se celebra esta actualización tanto por el gobierno como por los sectores obrero y empresarial.

Las empresas deberán capacitarse y actualizarse en materia de salud ocupacional para incorporar mejores prácticas y cumplir con las normas oficiales mexicanas en la identificación y prevención de riesgos.

Por otro lado, también las autoridades de medicina del trabajo tendrán que actualizar y normar sus criterios en congruencia con la realidad de hoy en todas las industrias.

La verdad es que es de celebrarse el acercamiento que se ha hecho por parte de los organismos empresariales a las autoridades de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y al Instituto

Mexicano del Seguro Social para hacer frente común en prevención y protección de sus colaboradores.

La STPS reconoce este logro como un resultado del esfuerzo conjunto entre el Gobierno de México, expertos en salud en el trabajo del país y representantes de los trabajadores y los empleadores.

Este cambio tendrá impacto en la siniestralidad de las empresas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y se verá reflejado en su prima de riesgo. Recordemos que las prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, son cubiertos íntegramente por las cuotas que para este efecto aporten los patrones y que dichas cuotas que pagan los patrones, se determinan en relación con la cuantía del salario base de cotización y con los riesgos de trabajo inherentes a su empresa.

Como siempre, hay empresas que están muy adelantadas en materia de salud ya que para cumplir con sus exigentes certificaciones y estándares internacionales deben cumplir con incluso más medidas que las que establecen las leyes domésticas, pero hay varias empresas que si van a tener que capacitarse e implementar medidas de prevención en beneficio de la salud de sus trabajadores.

Este cambio es de reconocerse, esperemos que pronto se vea reflejado en beneficio de los trabajadores y los cambios se implementen responsablemente para evitar enfermedades de trabajo. Que las empresas de todos sectores y tamaños se pongan las pilas, para que no solamente sea otra medida recaudatoria más.

*- La autora es Contador Público Certificado especialista en Seguridad Social.

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